Emergencia en Discapacidad: el Senado dejó firme la ley y cae el veto presidencial
Emergencia en Discapacidad: el Senado dejó firme la ley y cayó el veto presidencial
Con 63 a 7, la Cámara alta rechazó el veto del Ejecutivo y reactivó la Ley 27.793: pensión no contributiva del 70% de la mínima (compatible con empleo formal hasta 2 SMVM), actualización mensual de aranceles y compensación para prestadores. Ahora el texto va a promulgación y reglamentación. infobaeReutersEl Cronista
En una sesión que marca un punto de inflexión político, el Senado argentino desautorizó por amplia mayoría el veto presidencial a la Emergencia en Discapacidad. La ley —ya confirmada por Diputados el 20 de agosto— declara la emergencia hasta el 31 de diciembre de 2026 (prorrogable un año), refuerza pensiones y financia prestaciones clave del sistema. Es el primer veto total que el Congreso revierte en la actual gestión. ChequeadoBoletín OficialReuters
¿Qué pasó hoy?
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Votación histórica. El Senado rechazó el veto por 63 votos a favor y 7 en contra, completando el trámite iniciado por Diputados y dejando firme la ley. Es el primer veto total de Milei que el Congreso revierte. infobaeReuters
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Paso siguiente. Con la insistencia de ambas cámaras, el proyecto deviene ley y pasa al Poder Ejecutivo para su promulgación. Si en 10 días hábiles no se promulga ni observa, queda promulgada de hecho; luego corresponde su reglamentación para operativizar los artículos. www2.hcdn.gob.arDiputados
Qué establece la Ley 27.793 (puntos clave)
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Emergencia nacional en materia de discapacidad hasta el 31/12/2026, con posibilidad de prórroga por un año. Boletín Oficial
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Pensión no contributiva por discapacidad: 70% del haber mínimo jubilatorio; compatible con empleo formal si los ingresos no superan 2 SMVM. Las pensiones vigentes se transforman automáticamente al nuevo esquema. Boletín Oficial
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Cobertura de salud para titulares de la pensión, conforme al Sistema de Prestaciones Básicas (Ley 24.901). Boletín Oficial
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Actualización mensual de aranceles del sistema de prestaciones según el índice de movilidad (Decreto 274/24) y asignación de recursos para garantizarla. Boletín Oficial
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Compensación económica de emergencia para prestadores, para saldar la brecha 12/2023–12/2024 frente a la inflación. Boletín Oficial
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Empleo e inclusión: por 3 años, exención del 50% de contribuciones patronales a quienes contraten personas con discapacidad por tiempo indeterminado. Boletín Oficial
Por qué importa (impacto concreto)
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Ingreso garantizado: la nueva pensión (70% de la mínima) crea un piso de ingresos y no obliga a elegir entre trabajar y cobrar el beneficio mientras el salario no exceda 2 SMVM. Boletín Oficial
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Tratamientos sin interrupciones: al indexar aranceles mensualmente y compensar atrasos, terapias, transporte y centros de día ganan previsibilidad financiera. Boletín Oficial
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Más oferta de servicios: la compensación de emergencia descomprime a prestadores y evita cierres. Boletín Oficial
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Empuje al empleo: el alivio en cargas patronales incentiva nuevas contrataciones en el sector privado. Boletín Oficial
Cronología esencial
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10 de julio de 2025: sanción parlamentaria de la Emergencia en Discapacidad. (Antecedente citado en coberturas legislativas.) Buenos Aires Times
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4 de agosto de 2025: el Ejecutivo veta la norma; el Decreto 534/2025 detalla los artículos observados. Boletín Oficial
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20 de agosto de 2025: Diputados rechaza el veto 172–73 y envía el expediente al Senado. ChequeadoBuenos Aires Times
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4 de septiembre de 2025: Senado rechaza el veto 63–7 y deja la ley firme. infobaeReuters
Contexto político y lo que viene
La votación se produce en medio de alta tensión entre el Congreso y el Ejecutivo por el impacto fiscal de distintas leyes y, en paralelo, tras el escándalo en ANDIS por audios filtrados que derivaron en la remoción de su titular. El Presidente negó las acusaciones. La promulgación y reglamentación definirán la letra chica de la implementación (plazos, padrones, cronograma de pagos y mecanismos de compensación). Reuters
Cómo se implementará (claves prácticas)
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Promulgación y reglamentación: una vez promulgada (expresa o de hecho), el Ejecutivo debe reglamentar —por decreto— plazos, circuitos administrativos y fuentes de financiamiento operativas. www2.hcdn.gob.ar
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Pensión: ANDIS instrumentará la transformación automática de pensiones actuales al nuevo esquema y definirá trámites para altas y reactivaciones por pérdida de empleo o caída de ingresos. Boletín Oficial
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Prestaciones: el Directorio del Sistema de Prestaciones Básicas fijará valores 2025 y aplicará la actualización mensual; el Tesoro abonará la compensación por atrasos. Boletín Oficial
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Empleo: la exención del 50% en contribuciones rige por 36 meses para nuevas contrataciones (tiempo indeterminado). AFIP y Trabajo deberán reglamentar el uso del beneficio. Boletín Oficial
Fuentes
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Infobae – “El Senado… dejó sin efecto el veto… 63–7” (04/09). infobae
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Reuters – “Lawmakers overturn Milei veto… 63–7” (04/09). Reuters
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El Cronista – Minuto a minuto y confirmación del resultado (04/09). El Cronista+1
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Chequeado – Rechazo del veto en Diputados (172–73) y explicador de la ley (20/08; actualización 04/09). Chequeado
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Boletín Oficial – Decreto 534/2025 (veto): detalla los artículos sobre pensión, compatibilidad con 2 SMVM, actualización mensual de aranceles, compensación y exención de contribuciones. Boletín Oficial
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HCDN – “Cómo se forma una ley” (promulgación de hecho y plazos). www2.hcdn.gob.ar
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SAIJ – Infoleg – Ficha de la Ley 27.793 (emergencia hasta el 31/12/2026, prorrogable). SAIJ
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